El desarrollo moderno de los negocios, con el gran avance que han tenido la ciencia y la
tecnología, requiere operaciones cada vez más complejas, especializadas y de grandes
exigencias profesionales. Por lo mismo, en muchas de las principales áreas de la
economía, no es posible que una sola empresa pueda, por sí sola, enfrentar los desafíos
que requiere la realización de ciertas obras.
Puede pensarse, por ejemplo, en contratos de construcción de una planta minera, o de
ampliación de esta; construcciones de puertos y aeropuertos, operaciones complejas de
comercio internacional, y, tantas otras.
Es por ello por lo que, al producirse la necesaria especialización de las empresas, para
ofrecer al mercado servicios y productos de muy alto nivel técnico, se crea la
oportunidad de establecer convenios de cooperación con otras empresas. Así, cada uno
de los partícipes en esta asociación, cumplirá con su tarea específica, requiriéndose la
necesaria cooperación y entendimiento entre ellos.
También, se necesitará una definición muy clara de los roles y de la responsabilidad de
cada uno y, naturalmente, un sistema general de dirección y coordinación.
EQUIVALENCIA DE LAS PRESTACIONES
En estos convenios de cooperación, se establecen las obligaciones y derechos de cada
uno de los partícipes. Cada una de las empresas se obliga a cumplir con su aporte, que
puede ser la realización de una obra, la entrega de maquinarias, la construcción de un
camino, o, el aporte de recurso financieros. A su vez la empresa esperará obtener una
cuota en el beneficio del negocio.
El régimen jurídico aplicable a estos contratos se funda en el principio denominado
equivalencia de las prestaciones. Esto significa que la función, rol o tarea que debe
ejecutar cada parte debe ser definido como equivalente a las funciones, roles, o tareas
del otro partícipe y, como consecuencia de lo anterior, los beneficios que cada asociado
obtenga deben ser proporcionales, a los aportes que cada uno efectúe.
La definición precisa de estos equilibrios contractuales presenta importantes desafíos,
por cuanto, comprensiblemente, puede suceder que cada una de las partes mire con
simpatía su propio aporte y califique, en una categoría inferior, al aporte que hace su
contraparte.
Esta tarea, además, requiere, en la mayoría de los casos, una dimensión interdisciplinaria,
teniendo presente que, en estos contratos, intervienen muchos profesionales de
diferentes áreas, vinculados, por ejemplo, a tareas mineras, o de construcción, o de
sistemas de transporte y, otras más complejas.
CUMPLIMIENTO EN EL TIEMPO
Muchos de estos contratos requieren un periodo de tiempo para su cumplimiento de
desarrollo, que, a veces, puede ser de años. Podemos pensar en la construcción y en la
ampliación de una planta minera, o de un sistema de caminos, de un puerto o de un
aeropuerto.
Es importante que, durante todo el periodo de cumplimiento, las partes mantengan una
coordinación, de nivel general, con el objeto de revisar la mantención permanente del
equilibrio contractual. Es frecuente que, en estos desarrollos de largo plazo, se produzca
una alteración de la llamada equivalencia de las prestaciones.
Ello puede ocurrir, por ejemplo, en la construcción de plantas mineras porque los
ejecutivos a cargo del proyecto efectúen variaciones inconsultas, emitiendo Ordenes de
Cambio, asumiendo interpretaciones o decisiones personales, que pueden provocar
importantes alteraciones en la esencial del contrato y de sus estipulaciones.
Esto también puede ocurrir cuando se acuerden modificaciones posteriores al contrato,
que pueden originarse en nuevas interpretaciones del acuerdo esencial; en aumento de
alguno de los costos, o, en la ocurrencia de situaciones que no se previeron inicialmente.
De esta manera, bien puede ocurrir que las previsiones iniciales que tuvo una de las
partes para ingresar a esta relación de negocios no se estén cumpliendo y le resulte a
ese parte particularmente gravoso, continuar en aquella relación.
CONTROVERSIAS
Los escenarios recién descritos pueden dar origen a controversias, los que, a su vez,
aumentan sustancialmente todo el costo del negocio, y pueden requerir varios años de
lucha en tribunales para obtener una solución.
Teniendo presente todo lo anterior, parece prudente y aconsejable, que las partes que
deciden participar en estos consorcios de cooperación empresarial puedan requerir,
desde el principio, servicios profesionales de asesoramiento y acompañamiento, en que
intervengan distintas disciplinas, tales como ingeniería, arquitectura, servicios jurídicos
y otros afines, con el preciso objeto de definir y de adecuar en cada momento, los
derechos y obligaciones de cada parte en función del sistema de equivalencia de las
prestaciones.
Esto permitirá la mantención de los equilibrios contractuales, el desarrollo ordenado y
eficiente de las operaciones de construcción, transporte, ampliación y otras, y evitará
controversias costosas e innecesarias.
José Luis López Blanco, Abogado, Socio
Principal de ASL Corp. Profesor Universidad de Chile y Universidades extranjeras. Juez
Árbitro.




